GREGAL
SOBRE PLANOS
Un nuevo viento de vida
Gregal es un proyecto que trae nuevos vientos de vida a Montevideo. Destacándose por su ubicación, muy cerca al salitre y su diseño, donde nos ofrece 5 tipologias de apartamentos.
Características del proyecto
- 5 tipologías
- 166 unidades de vivienda
- 3 Ascensores por torre
- 21 pisos
Cercanías de interés
- Centros comerciales
- Colegios
- Supermercados
- Servicios de salud
Tipo de inmueble
.



- Área construida 64.55 m²
- Área privada 56.80 m²
- Área de balcón 3.55 m²

$455.370.000
Alcobas
3

Baños
2

- Área construida 71.00 m²
- Área privada 61.50 m²
- Área de balcón 4.20 m²

$442.240.000
Alcobas
3

Baños
2

- Área construida 71.60 m²
- Área privada 62.50 m²
- Área de balcón 4.55 m²

$552.270.000
Alcobas
3

Baños
2

- Área construida 88.20 m²
- Área privada 78 m²
- Área de balcón 6.50 m²

$612.870.000
Alcobas
3

Baños
3

- Área construida 97.20 m²
- Área privada 86.50 m²
- Área de balcón 11.35 m²
Zonas comunes
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Silvia Rodriguez

Jefe de Ventas
314 2991305
(1) 6516066 ext 315
Lunes a Domingo de
9:30 a.m a 5:30 p.m
gregal@cusezar.com
PARQUEADEROS Y DEPÓSITOS:Los apartamentos cuentan con parqueaderos y depósito, los cuales serán asignados por la sociedad vendedora según su área y ubicación.
BIENES COMUNES DE USO EXCLUSIVO:Los depósitos, según el reglamento de propiedad horizontal, sonbienes comunes de uso exclusivo. Las áreas de balcón y terraza según lo dispuesto por la Ley 675 de 2001, son bienes comunesde uso exclusivo y no hacen parte del área privada, ni construida del inmueble.
Una vez constituida la propiedad horizontal, la asamblea de copropietarios, con la decisión de más del 70% del coeficiente de la copropiedad, podrá modificar la destinación de las áreas comunes de uso exclusivo.
ESTRATO: La Secretaría Distrital de Planeación – SDP, como institución responsable de la aplicación de la estratificación en la ciudad de Bogotá, se encuentra en proceso de asignación de este, por tratarse de una zona de reurbanización, y será esta entidad quien dé el estrato final.
CUOTA DE ADMINISTRACIÓN: El valor mensual de la cuota de administración estimado para el año 2.020 es de $2.800 y está calculada por metro cuadrado de área privada tanto del apartamento como del parqueadero. Este valor incluye el mantenimiento de las APAUPS, el cual será a cargo del Conjunto. Este valor esta contemplado una vez entregado la totalidad del conjunto.
ETAPAS DE CONSTRUCCIÓN:Gregal se desarrollará en 3 etapas de construcción, que se entregarán así:
La primera etapa está conformada por la torre 1 y con esta etapa y al finalizar las entregas se habilitará el edificio comunal con lobby, piso 2 al 5 y cubierta con zona BBQ. La segunda etapa está conformada por la torre 2 y la última etapa por la torre 3.
Las cubiertas comunales ubicadas en el último piso de cada torre, serán entregadas al finalizar las entregas de cada torre y serán habilitadas por la administración.
La cancha múltiple, zona para mascotas y parque infantil serán habilitados al finalizar la entrega de la torre 3. Los bienes comunes de uso y goce general, ubicados en el conjunto, tales como piscina de adultos y piscina de niños, entre otros, serán entregados a la persona o personas designadas por la asamblea general o en su defecto al administrador definitivo, a más tardar cuando se haya terminado la construcción y enajenación de un número de bienes privados que represente por lo menos el cincuenta y uno por ciento (51%) del total de los coeficientes de copropiedad.
ÁREAS PRIVADAS Y CONSTRUIDAS: Las áreas privadas y construidas podrán sufrir ajustes como consecuencia de las modificaciones en la licencia de construcción ordenadas por la Curaduría o Alcaldía competente. No obstante, las áreas quedarán finalmente determinadas en los contratos suscritos por las partes.
Las imágenes utilizadas en la presentación del proyecto, son representaciones digitales del diseño y junto con los apartamentos y casas modelo exhibidos por Cusezar pueden variar en la percepción y construcción final. Las áreas privadas y construidas podrán sufrir ajustes como consecuencia de las modificaciones en la licencia de construcción ordenadas por la Curaduría o alcaldía competente. Las áreas de balcón y terraza según el Reglamento de Propiedad Horizontal son bienes comunes de uso exclusivo y no hacen parte del área privada ni construida del inmueble. El mobiliario, electrodomésticos, gasodomésticos, acabados y demás elementos que aparecen en las imágenes o en el apartamento o casa modelo, son una representación con el fin de ilustrar la utilización de los espacios, pueden diferir de lo(s) entregado(s) o no ser entregado(s) según lo convenido en los contratos. Las áreas quedarán finalmente determinadas en los contratos suscritos por las partes.