TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE LA DECLARACIÓN DE RENTA EN COLOMBIA.
En Colombia las personas que tengan ingresos a los establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), están obligadas a declarar renta ante dicha entidad.
Pero ¿qué significa declarar renta?
Anualmente se debe diligenciar un documento que refiere los ingresos, egresos e inversiones de cada uno, y de acuerdo a esto la DIAN, calcula y determina si la persona que es llamada contribuyente deberá pagar un impuesto (sobre la renta para la equidad), que, junto al pago de todos, apoya a los colombianos de más bajos recursos, de acuerdo a la política de solidaridad establecida por el Estado.
¿Cómo se hace la declaración de renta?
En las oficinas de la DIAN suelen asesorar a las personas para que cada uno pueda declarar renta a través de la página web, es decir es un trámite que no requiere necesariamente de intermediarios, sin embargo, también se puede hacer a través de los contadores, profesionales expertos en gestionar este trámite e indicar si se debe pagar, si no y cuánto.
Para tener en cuenta todo el proceso es importante dar respuesta a algunas preguntas.
Las 5 cosas que se deben saber para identificar si se debe declarar renta
- Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2021 sea igual o superior a $163.386.000.
- Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $50.831.000.
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $50.831.000.
- Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $50.831.000.
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $50.831.000
Las personas suelen “preocuparse”, pero declarar no significa pagar. Hasta aquí la persona debe diligenciar su información financiera y depende de los rubros que determine la DIAN anualmente de declarar pasa a pagar o no.
En caso de que la persona supere el rubro así sea en una de las 5 opciones anteriores.
De acuerdo a la relación de ingresos, gatos, movimientos y etc, del año anterior, la persona debe registrar o actualizar el Registro Único Tributario (RUT) y a través de la página de la DIAN diligenciar el formulario en línea de Declaración de Renta, para esto se puede ver el video instructivo o seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a la página de la DIAN, en caso de no estar registrado, debe registrarse.
- Elegir la opción diligenciar y responder el Formulario 210.
- Elegir el año a declarar (el anterior)
- Se debe responder afirmativamente a la pregunta sobre residencia fiscal.
- Se modifica o acepta la declaración sugerida por el sistema.
- En caso de tener ingresos por rentas exentas excluidas del límite del 40% se debe contestar afirmativamente e incluir el valor de ingresos.
- Diligenciar cada campo acorde a la realidad económica.
- Diligenciar valores de ingresos brutos, de rentas de trabajo, capital y no laborales.
- Diligenciar registros no constitutivos de cada una de las rentas y demás información.
- Guardar.
- Volver a diligenciar en caso de que se necesite.
- Al estar seguro, se debe guardar el borrador y firmar con firma electrónica la declaración.
- Generar código electrónico para firmar, el cuál llegará al correo.
- Ingresar el código para firmar.
- Se presenta el formulario en el sistema el cual notificará si fue exitoso.
- Se puede generar el pdf de la declaración donde se verifica el sello
con hora de presentación. - Si se genera recibo de pago, se debe verificar que corresponda al código del formulario, luego de esto se procede al pago en línea.
Las fechas para declarar renta en 2022 están entre el 09 de agosto y el 19 de octubre, de acuerdo a la cifra en que termine el número de cédula, de esta manera:
01 y 02 09 de agosto del 2022
03 y 04 10 de agosto del 2022
05 y 06 11 de agosto del 2022
07 y 08 12 de agosto del 2022
09 y 10 16 de agosto del 2022
11 y 12 17 de agosto del 2022
13 y 14 18 de agosto del 2022
15 y 16 19 de agosto del 2022
17 y 18 22 de agosto del 2022
19 y 20 23 de agosto del 2022
21 y 22 24 de agosto del 2022
23 y 24 25 de agosto del 2022
25 y 26 26 de agosto del 2022
27 y 28 29 de agosto del 2022
29 y 30 30 de agosto del 2022
31 y 32 31 de agosto del 2022
33 y 34 1 de septiembre del 2022
35 y 36 2 de septiembre del 2022
37 y 38 5 de septiembre del 2022
39 y 40 6 de septiembre del 2022
41 y 42 7 de septiembre del 2022
43 y 44 8 de septiembre del 2022
45 y 46 9 de septiembre del 2022
47 y 48 12 de septiembre del 2022
49 y 50 13 de septiembre del 2022
51 y 52 14 de septiembre del 2022
53 y 54 15 de septiembre del 2022
55 y 56 16 de septiembre del 2022
¿Qué sucede si no se declara renta o se hace fuera de las fechas establecidas?
Si se declara renta fuera de las fechas establecidas se deberá asumir una sanción, como:
- Pago por extemporaneidad. La cual equivale al 5% del impuesto a cargo, aumentando cada mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual se presente la declaración de renta.
- La sanción mínima que se pagará en 2022 por declarar un día tarde es de es de $380.000 pesos.
- En caso de que no se declaren los impuestos sobre la renta se sumará un 20% como sanción con base al valor de las consignaciones bancarias con base al artículo 643 de la ley establecida.
Si este año decide invertir en proyectos de vivienda en Bogotá como Gregal, Reverdecer o en Cali con el Mirador del Oeste, o cualquier otro en las diferentes ciudades del país, debe tener presente que debe incluirlo en la declaración de renta del próximo año.